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San Miguel, 3 de septiembre de 2009.-
SR. PRESIDENTE HCD
DE SAN MIGUEL
SR. MAXIMO LUPPINO
S/D.-
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Ref.: Clausura de Antena Radio FM PLUS
PROYECTO DE DECLARACION
SR. PRESIDENTE HCD
DE SAN MIGUEL
SR. MAXIMO LUPPINO
S/D.-
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Ref.: Clausura de Antena Radio FM PLUS
PROYECTO DE DECLARACION
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VISTO:
El irregular procedimiento de clausura de la antena de la emisora radial FM PLUS; llevado adelante desde el Ejecutivo Municipal entre los días 27 y 28 de agosto pasado, amparados en el argumento de “velar por la seguridad publica”, y:
CONSIDERANDO:
Que dicho procedimiento de clausura fue ejecutado sin ajustarse a derecho; al solo ejemplo la ejecución fue llevada adelante en un domicilio diferente al que figuraba en el acta de la medida ejecutoria, situación que -por si sola- determina la nulidad absoluta del acto aquí observado.
Que los ejecutores de la clausura de la antena ingresaron por la terraza de inmuebles vecinos, en clara violación a los derechos de propiedad privada.
Que desde el Ejecutivo Municipal se pretendió justificar la arbitraria medida, con la circulación de una gacetilla de prensa, del 27 de agosto de 2009, argumentando supuestas razones de seguridad publica; prefabricando -a tal fin- un ilusorio escenario de “peligro latente”.
Que el procedimiento de desmantelamiento de la antena de “FM Plus”, fue realizado haciendo caso omiso a la autorización otorgada por el Subsecretario de Tierras, Viviendas y hábitat de la Secretaria de Obras Publicas de la Municipalidad de San Miguel, Ingeniero Guillermo A. Vadillo (se adjunta copia del mencionado escrito); quien otorgó -el 24 de julio de 2009- al propietario de la emisora radial -Gustavo Estigarribia- un plazo de 180 días hábiles para la presentación de diversos requisitos habilitatorios. Por lo tanto la medida de clausura se efectivizó con plena vigencia del plazo otorgado por el nombrado funcionario municipal. En estos momentos es absolutamente valido reconocer que el subsecretario Vadillo, esta altamente capacitado para determinar si la antena radial era generadora de “riesgo latente”, dado que es un reconocido profesional y experto en la materia; por lo tanto -y al no plantearse, en su autorización, ninguna referencia a cuestiones de riesgo o peligro generados por la antena de la FM Plus- lo manifestado en el comunicado de prensa municipal queda como un mero recurso de justificación de un acto -a todas luces- irregular y viciado de intereses políticos, en procura de anteponer lo meramente personal a la acertada resolución del idóneo ingeniero. En este sentido es cuestionada. por muchos administrativistas, el sistema organizativo de las burocracias municipales, esto debido a su bajo conocimiento técnico -en evidente desvirtuación del modelo weberiano-; Así: Este hecho de San Miguel, parece darle la razón a quienes sostienen este argumento, dado que al conocimiento del ingeniero Vadillo se le ha contrapuesto medidas sin sustento técnico.
Que el procedimiento de clausura tuvo amplia cobertura periodística, donde se destaca que el operativo ejecutorio estuvo plagado de situaciones irregulares. Dentro de dichos medios que tratan el tema es de destacarse, el recientemente homenajeado por este HCD: “Aquí La Noticia”.
Que casualmente el procedimiento comienza 27 de agosto: DÍA DE LA RADIODIFUSIÓN. Este día se celebra en homenaje a la primera transmisión radial del mundo, realizada desde el teatro Coliseo de Buenos Aires en la calle Cerrito y Charcas, por el radioaficionado Enrique Susini y sus tres amigos César Guerrico, Luis Romero Carranza y Miguel Mujica, a quienes luego –paradójicamente- se los llamó "Los locos de la terraza".
Que estas irregularidades no son obras de la casualidad ni están inconexas entre si. Detrás de cada uno de los puntos no ajustados a derecho encontramos el fin real perseguido; de esta manera la suma de todas estas “irregularidades casuales” nos da como resultado la causalidad del accionar del Ejecutivo municipal. Conforme a lo dicho, es claro y evidente que el objetivo perseguido era silenciar a los comunicadores sociales de dicha emisora radial.
Que pensar que silenciando a los comunicadores sociales es terminar con las malas noticias, es tan absurdo como pensar que matando al cartero se termina con la mala correspondencia.
Que libertad de expresión y la libertad de prensa, como especie de ese género, es la libertad que aparece más veces enunciada en la Constitución Nacional; sea en forma expresa, sea en forma implícita.
Que La libertad de Prensa es la cristalización de la existencia de garantías con las que los ciudadanos tienen el derecho de organizarse para la edición de medios de comunicación cuyos contenidos no estén controlados por los poderes del Estado.
Que durante oscuros períodos de la historia Argentina, el acceso a la información estuvo bajo el control de gobiernos antidemocráticos; donde los periodistas no podían ejercer su labor y la sociedad no podía acceder a la información libre. Este control gubernamental, se llamó censura. Estos periodos totalitarios se recuerdan por la lamentable formación de “listas negras”, listas que no son bienvenidos en el “ESTADO DE DERECHO”.
Que el derecho a la libre expresión, también es protegido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así su artículo 19, dice: “Todo el mundo tiene derecho de expresarse y opinar libremente; este derecho incluye la libertad de exponer opiniones sin ingerencias y de recabar, recibir e impartir información e ideas a través de cualquier medio y más allá de cualquier frontera.”
Que las voces universales se han levantado en defensa de la libertad de prensa, en este sentido es absolutamente valido traer las palabras del dramaturgo Arthur Miller: “Un buen periódico, según me parece, es una nación que habla consigo misma”.
POR ELLO:
EL HCD de San Miguel, en uso de las atribuciones que le son propias y que surgen del art. 77 del Decreto 6769/58, sanciona con fuerza de:
PEDIDO DE DECLARACION:
ARTICULO 1: Declárese el repudio de este HCD del -irregular y viciado de nulidad- acto de clausura y desmantelamiento de la antena de la radioemisora FM Plus, llevado adelante los días 27 y 28 de agosto de 2009.
ARTICULO 2: : Los VISTOS y CONSIDERANDOS, pasen a formar parte de la presente declaración.
ARTICULO 3: De forma.
El irregular procedimiento de clausura de la antena de la emisora radial FM PLUS; llevado adelante desde el Ejecutivo Municipal entre los días 27 y 28 de agosto pasado, amparados en el argumento de “velar por la seguridad publica”, y:
CONSIDERANDO:
Que dicho procedimiento de clausura fue ejecutado sin ajustarse a derecho; al solo ejemplo la ejecución fue llevada adelante en un domicilio diferente al que figuraba en el acta de la medida ejecutoria, situación que -por si sola- determina la nulidad absoluta del acto aquí observado.
Que los ejecutores de la clausura de la antena ingresaron por la terraza de inmuebles vecinos, en clara violación a los derechos de propiedad privada.
Que desde el Ejecutivo Municipal se pretendió justificar la arbitraria medida, con la circulación de una gacetilla de prensa, del 27 de agosto de 2009, argumentando supuestas razones de seguridad publica; prefabricando -a tal fin- un ilusorio escenario de “peligro latente”.
Que el procedimiento de desmantelamiento de la antena de “FM Plus”, fue realizado haciendo caso omiso a la autorización otorgada por el Subsecretario de Tierras, Viviendas y hábitat de la Secretaria de Obras Publicas de la Municipalidad de San Miguel, Ingeniero Guillermo A. Vadillo (se adjunta copia del mencionado escrito); quien otorgó -el 24 de julio de 2009- al propietario de la emisora radial -Gustavo Estigarribia- un plazo de 180 días hábiles para la presentación de diversos requisitos habilitatorios. Por lo tanto la medida de clausura se efectivizó con plena vigencia del plazo otorgado por el nombrado funcionario municipal. En estos momentos es absolutamente valido reconocer que el subsecretario Vadillo, esta altamente capacitado para determinar si la antena radial era generadora de “riesgo latente”, dado que es un reconocido profesional y experto en la materia; por lo tanto -y al no plantearse, en su autorización, ninguna referencia a cuestiones de riesgo o peligro generados por la antena de la FM Plus- lo manifestado en el comunicado de prensa municipal queda como un mero recurso de justificación de un acto -a todas luces- irregular y viciado de intereses políticos, en procura de anteponer lo meramente personal a la acertada resolución del idóneo ingeniero. En este sentido es cuestionada. por muchos administrativistas, el sistema organizativo de las burocracias municipales, esto debido a su bajo conocimiento técnico -en evidente desvirtuación del modelo weberiano-; Así: Este hecho de San Miguel, parece darle la razón a quienes sostienen este argumento, dado que al conocimiento del ingeniero Vadillo se le ha contrapuesto medidas sin sustento técnico.
Que el procedimiento de clausura tuvo amplia cobertura periodística, donde se destaca que el operativo ejecutorio estuvo plagado de situaciones irregulares. Dentro de dichos medios que tratan el tema es de destacarse, el recientemente homenajeado por este HCD: “Aquí La Noticia”.
Que casualmente el procedimiento comienza 27 de agosto: DÍA DE LA RADIODIFUSIÓN. Este día se celebra en homenaje a la primera transmisión radial del mundo, realizada desde el teatro Coliseo de Buenos Aires en la calle Cerrito y Charcas, por el radioaficionado Enrique Susini y sus tres amigos César Guerrico, Luis Romero Carranza y Miguel Mujica, a quienes luego –paradójicamente- se los llamó "Los locos de la terraza".
Que estas irregularidades no son obras de la casualidad ni están inconexas entre si. Detrás de cada uno de los puntos no ajustados a derecho encontramos el fin real perseguido; de esta manera la suma de todas estas “irregularidades casuales” nos da como resultado la causalidad del accionar del Ejecutivo municipal. Conforme a lo dicho, es claro y evidente que el objetivo perseguido era silenciar a los comunicadores sociales de dicha emisora radial.
Que pensar que silenciando a los comunicadores sociales es terminar con las malas noticias, es tan absurdo como pensar que matando al cartero se termina con la mala correspondencia.
Que libertad de expresión y la libertad de prensa, como especie de ese género, es la libertad que aparece más veces enunciada en la Constitución Nacional; sea en forma expresa, sea en forma implícita.
Que La libertad de Prensa es la cristalización de la existencia de garantías con las que los ciudadanos tienen el derecho de organizarse para la edición de medios de comunicación cuyos contenidos no estén controlados por los poderes del Estado.
Que durante oscuros períodos de la historia Argentina, el acceso a la información estuvo bajo el control de gobiernos antidemocráticos; donde los periodistas no podían ejercer su labor y la sociedad no podía acceder a la información libre. Este control gubernamental, se llamó censura. Estos periodos totalitarios se recuerdan por la lamentable formación de “listas negras”, listas que no son bienvenidos en el “ESTADO DE DERECHO”.
Que el derecho a la libre expresión, también es protegido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así su artículo 19, dice: “Todo el mundo tiene derecho de expresarse y opinar libremente; este derecho incluye la libertad de exponer opiniones sin ingerencias y de recabar, recibir e impartir información e ideas a través de cualquier medio y más allá de cualquier frontera.”
Que las voces universales se han levantado en defensa de la libertad de prensa, en este sentido es absolutamente valido traer las palabras del dramaturgo Arthur Miller: “Un buen periódico, según me parece, es una nación que habla consigo misma”.
POR ELLO:
EL HCD de San Miguel, en uso de las atribuciones que le son propias y que surgen del art. 77 del Decreto 6769/58, sanciona con fuerza de:
PEDIDO DE DECLARACION:
ARTICULO 1: Declárese el repudio de este HCD del -irregular y viciado de nulidad- acto de clausura y desmantelamiento de la antena de la radioemisora FM Plus, llevado adelante los días 27 y 28 de agosto de 2009.
ARTICULO 2: : Los VISTOS y CONSIDERANDOS, pasen a formar parte de la presente declaración.
ARTICULO 3: De forma.